Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2015-S2
Fecha: 21-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que su derecho al debido proceso en sus componente de valoración razonable de la prueba y de omisión de valoración, fue vulnerado con la Sentencia 03/2013 y el Auto Nacional Agroambiental S2a 56/2013, ya que en dichas resoluciones judiciales, tanto el Juez Agroambiental de Trinidad, en primera instancia, como los Magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, en casación, no realizaron una correcta valoración de la prueba producida durante la sustanciación de la demanda de resolución de contrato, habiendo incurrido a su vez en omisiones de valoración de la prueba generada dentro de dicho proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- concedió
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Derecho a la valoración razonable de la prueba;
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR