SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0521/2015-S1

Fecha: 22-May-2015

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante, señala que las autoridades demandadas, vulneraron sus derechos al debido proceso, a una justicia pronta y sin dilaciones, la estabilidad y continuidad laboral, a la salud, a la seguridad social, al trabajo y a una remuneración justa; toda vez que el Decano de la Facultad de Humanidades de la UAGRM luego de haber emitido “preaviso laboral” el 4 de junio de 2013, procedió a despedirla injustificadamente, el 4 de septiembre del mismo año, no obstante contar con un contrato indefinido de trabajo y haber solicitado mediante cartas dirigidas al Rector de la citada Universidad y al Decano de la mencionada Facultad, el respeto de sus derechos y garantías constitucionales. Determinación, por la que se vio en la necesidad de acudir, el 10 de septiembre de 2013, ante la Jefatura Departamental de Trabajo, impetrando su reincorporación; sin embargo, en la misma se le indicó que previamente agote los recursos internos; situación por la cual, una vez cumplida aquella exigencia, reiteró el 21 de enero de 2014, su solicitud de reincorporación laboral a la antedicha Jefatura; empero, en la audiencia de 4 de febrero de 2014, esta entidad dispuso que acuda ante una autoridad superior, para que resuelva su caso; absteniéndose resolver el fondo de su trámite de reincorporación, aplazando y postergando la resolución del conflicto laboral, sin haber motivado adecuadamente su respuesta.