SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2015-S3

Fecha: 26-May-2015

1)

Martín Enrique Mercado Aramayo, a través de su abogado, en audiencia, señaló que: 1) De la documental presentada se demostró que la accionante actuó como Gerente Regional de la Empresa de Línea Sindical de Transporte “El Dorado”, por lo cual está plenamente habilitada para asumir la obligación de los beneficios sociales; 2) La notificación que fue observada por el incidente de nulidad de notificación, se debe a que se realizó en el domicilio que la accionante estableció, no habiendo sido la primera vez que se realiza este tipo de actuaciones en ese domicilio; y, 3) Al conocer el rechazo del incidente de nulidad que presentó; volvió presentarlo, ante el Juez Quinto de Trabajo y Seguridad Social del departamento de Santa Cruz, el cual está pendiente de resolución.