Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0525/2015-S3
Fecha: 26-May-2015
II.1.
II.1. El Auto de Vista 312 de 17 de octubre de 2013, emitido por los Vocales de la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -hoy demandados-, confirmó en parte la Sentencia 778 de 6 de noviembre de 2012, que fue apelada por la Empresa de Línea Sindical de Transporte “El Dorado” (fs. 155 a 157 vta.), notificándose a Mirian del Rosario Gómez Loayza -hoy accionante-, el 26 de febrero de 2014, en calle Alcides D'orbigny 63, Oficina 21 (fs. 159).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Demostrando ante esta justicia constitucional que se abre su competencia en miras a revisar un actuado jurisdiccional
- en tres dimensiones distintas
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- d)
- CONFIRMAR