Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
a)
Solicitó se conceda la tutela, disponiendo que: a) Se deje sin efecto el Auto de Vista de 29 de agosto de 2014, pronunciada por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -hoy demandada-; disponiendo, que se admita el recurso de apelación interpuesto contra del Auto de 24 de octubre de 2013, emitido por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del mismo departamento, deliberando en el fondo de la apelación interpuesta; y, b) Se anule obrados hasta la realización de una nueva audiencia conclusiva.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- RECHAZANDO EL MISMO POR ATÍPICO
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR