Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0534/2015-S3
Fecha: 19-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante estima lesionados sus derechos citados en la acción de libertad, ya que dentro del proceso penal que se le sigue, presentó recurso de apelación incidental contra la Resolución de 24 de octubre de 2013, misma que fue rechazada mediante Auto de Vista de 29 de agosto de 2014, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba -demandada-, declarando inadmisible el recurso planteado por atípico, ya que ninguno de los numerales del art. 403 del CPP, establece como recurrible de apelación incidental, la resolución emitida en audiencia conclusiva, fallo que vulneraría su derecho a la doble instancia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- RECHAZANDO EL MISMO POR ATÍPICO
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR