Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0544/2015-S2
Fecha: 22-May-2015
1)
Alex Jorge Sánchez Iraizos, Fiscal Departamental de Pando, en audiencia sostuvo lo siguiente: 1) El Ministerio Público se maneja bajo el principio de objetividad, en los dos casos a cargo del Fiscal Nivardo Blanco Ascui, concretamente el caso “TERRANET S.A.” y la querella de María Elva Zambrano Cruz; 2) Respecto de la presente acción, no hubo vulneración al debido proceso, toda vez que al plantear la recusación del Fiscal de Materia, no demostró ninguna de las causales alegadas, referidas a la amistad estrecha con una de las partes, ni que hubiera sido testigo, razón por la cual, no se está vulnerando ningún derecho; y, 3) Solicitando se deniegue la tutela impetrada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR