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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2015-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0548/2015-S2

    Fecha: 22-May-2015

    II.3.

    II.3.    Por memorándum DHAM-SMT-RRHH MA/006/2014 de 12 de mayo, Jimmy Normand López Núñez y Omar Orihuela Moscoso, Secretario Municipal Técnico y Secretario General, respectivamente, ambos del Gobierno Autónomo Municipal de Llalagua, le agradecieron sus servicios por haber incurrido en faltas muy graves previstas en los arts. 11 inc. m) y 22 del Reglamento Interno de Personal del referido Municipio (fs. 8).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
    • a)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.    Sobre el principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional
    • III.2.    Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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