SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
concedió
La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, constituido en Tribunal de garantías, a través de la Resolución 25/2014 de 22 de octubre, cursante de fs. 76 a 79, concedió la tutela disponiendo la nulidad del Auto de Vista 72/2014 de 18 de junio, debiendo pronunciar uno nuevo dando respuesta a los fundamentos del recurso de apelación planteado por la accionante; fallo que fue emitido en base al siguiente fundamento: En el caso de autos, se advierte que el Tribunal de apelación no dio respuesta de manera puntual a cada uno de los riesgos procesales de fuga y obstaculización que fundamentó la accionante en su recurso de apelación, para que se complementen a la detención preventiva que les fue impuesta a las imputadas. En ese sentido, se concluye que no se cumplió con el art. 398 del CPP, como tampoco con el art. 124 del mismo adjetivo penal, como es la fundamentación, vulnerando de esta manera el derecho al debido proceso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso y la motivación de las resoluciones judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- fuga
- CONFIRMAR