SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 13 de mayo de 2014, aproximadamente a horas 03:30, entre las intersecciones de las calles Presidente Montes y La Plata frente a la discoteca denominada “ENERGY”, fue encontrado sin vida, su hijo Arturo Quispe “Luna”, hecho por el que se inició la investigación, informándose al Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro. Luego de las investigaciones preliminares, el representante del Ministerio Público, formuló imputación formal contra Julián Cruz Silvestre, Glenda Gloria Medrano Luna y Lizeth Mebbi Choque Aiza, por ser probables autor y cómplices, de la presunta comisión del delito de asesinato.
Expresa que, como madre de Arturo Quispe “Luna”, planteó recurso de apelación, contra la Resolución 417/2014 argumentando que el Juez a quo, no consideró los riesgos procesales previstos en los arts. 234.4 y 235 numerales 1, 2 y 5 del Código de Procedimiento Penal (CPP), con referencia al 124 del mismo Código, en relación de las imputadas Glenda Gloria Medrano Luna y Lizeth Mebbi Choque Aiza, recurso que fue resuelto por el Tribunal de apelación mediante Auto de Vista 72/2014 de 18 de junio, declarándolo improcedente y por consiguiente confirmó la Resolución apelada, al establecer que el inferior estableció correctamente que no concurrían los riesgos procesales de fuga y obstaculización, y que su persona en la apelación, solicitó sean agregados a la medida cautelar de detención preventiva aplicada por el Juez cautelar; omitiendo dicho Tribunal de alzada pronunciarse sobre el por qué no consideraron su petición como víctima, para que se complemente la medida cautelar con los riesgos procesales; consecuentemente, al no haberlo realizado, incurrió en incongruencia omisiva y falta de fundamentación en el Auto de Vista 72/2014.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso y la motivación de las resoluciones judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- fuga
- CONFIRMAR