Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera que su derecho al debido proceso en su vertiente al derecho a una debida fundamentación, fue vulnerado con el Auto de Vista 72/2014, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, en el que sin pronunciarse sobre la omisión de los riesgos procesales previsto en los arts. 234.4 y 235 numerales 1, 2, y 5 del CPP, declararon improcedente el recurso de apelación planteado y deliberando en el fondo confirmaron, el Auto Interlocutorio 417/2014.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- a)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso y la motivación de las resoluciones judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- fuga
- CONFIRMAR