SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2015-S2
Fecha: 26-May-2015
Fragmento 12
Dentro de la medida preparatoria incoada por el accionante, para el reconocimiento judicial de firma y rúbrica del documento de cesión de acciones contra Arturo Iván Navarro Wieler, el Juez Décimo Tercero de Instrucción en lo Civil, por Auto de 13 de julio de 2012, declaró por reconocida judicialmente la firma del demandado, quien no compareció pese a su citación legal, determinación judicial que a solicitud del accionante, se ejecutorió mediante Auto de 1 de agosto del año citado. Sin embargo, Myrna Wieler Velarde, en representación del “demandado”, suscitó incidente de nulidad de citación, argumentando que su hijo fue notificado en un domicilio falso. Es así, que admitido el incidente y tramitado, al no haberse apersonado el incidentista para dar por bien hecho lo obrado por su representante, dictó el Auto de 23 de mayo de 2013, teniendo por no obrado el incidente de nulidad promovido; contra el cual, el incidentista interpuso recurso de apelación; instancia en la cual, luego de haber recusado al Juez Décimo de Partido Civil y Comercial que debió conocer la causa, quien se allanó, se remitieron los antecedentes, a su similar Décimo Primero, que también lo recusó; empero, al no presentarse a la audiencia de recusación, fue declarada desistida, reasumiendo el conocimiento de la causa; autoridad jurisdiccional que por Auto de Vista 18, anuló obrados hasta el decreto de admisión de la medida preparatoria.