Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
a)
En audiencia la accionante por intermedio de su abogado, reiteró los términos de su demanda constitucional, ampliando los siguientes hechos: a) Es evidente que tomaron conocimiento del proceso el día en que se llevó a cabo la audiencia de inspección ocular; empero, si no se apersonaron fue porque estaban esperando ser notificados, pues en su condición de hija mayor de los demandados tiene la posesión del inmueble junto a su hermana, sus hijos y su sobrino; y, b) La posesión a la que hace referencia, está acreditada por los formularios de pago de impuestos así como los comprobantes de pago de servicios de luz, agua y gas domiciliario. Fundamentos por los que reitera la concesión de tutela.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la improcedencia de la acción de amparo constitucional por incumplimiento del principio de subsidiariedad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR