SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0566/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Dolly Karina Salazar Pérez, Directora Ejecutiva a.i. de la ARIT Santa Cruz, mediante memorial presentado el 13 de noviembre de 2014, cursante de fs. 258 a 260 vta. del Anexo, indicó que el 10 de octubre de igual año, se emitió la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-SCZ/RA 0582/2014 de 13 de octubre, por la que se resolvió revocar parcialmente la Resolución Sancionatoria AN-SCRZI-SPCCR-RS-194/2014, declarando improbado el contrabando con relación a la mercancía descrita en el ítem “2” (trigo a granel); asimismo, es preciso señalar que la ARIT no tomó conocimiento de las acciones interpuestas en la tramitación del recurso de alzada efectuado por el accionante, esto en razón a que pese a que fue incluido y notificado con la Resolución Sancionatoria AN-SCRZI-SPCCR-RS-194/2014, éste no ejerció su derecho a impugnar dentro del plazo previsto por ley, solicitando de esta manera se declare la improcedencia de la acción de amparo constitucional planteada por David Parapu Condori.