SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2015-S3

Fecha: 10-Jun-2015

concedió

El Juez de Sentencia Penal de Riberalta del departamento de Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 03/2014 de 24 de noviembre, cursante de fs. 89 a 92, concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 07/2014, sin responsabilidad para la autoridad ahora demandada por ser excusable, y se dispuso la notificación al Juez Primero de Instrucción en lo Civil y Familiar de Riberalta del citado departamento, para que inmediatamente, remita el expediente del proceso de homologación de acuerdo transaccional de asistencia familiar, ante el Juez Mixto de Partido, Civil, Comercial y Familiar de Riberalta, quien sin esperar turno, deberá pronunciar nuevo Auto de Vista, bajo los siguientes fundamentos: 1) Resulta válido que la autoridad judicial haya homologado el acuerdo transaccional de asistencia familiar, para su fiel cumplimiento y adopte las medidas necesarias previstas por ley para su efectivización, prescindiendo de la formalidad del reconocimiento de firmas de los suscribientes, pese a que el cumplimento de dicha formalidad se encuentra inserto en el citado acuerdo; y, 2) No se percibe que su inobservancia haya causado algún perjuicio al padre de la menor, más aún cuando dicho documento fue suscrito de manera libre, consentida y voluntaria, ante una autoridad pública con atribución para promover acuerdo de asistencia familiar, para su posterior homologación por la autoridad judicial, conforme establece el art. 188.m del CNNA.