Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
II.3.
II.3. Por Auto de Vista 07/2014 de 12 de mayo, pronunciado por Oscar William Sotomayor Salvatierra, Juez Mixto de Partido en lo Civil, Comercial y Familiar de Riberalta del departamento de Beni, -ahora demandado-, que determinó anular la Resolución 71/2014 de 26 de febrero, “…y a efectos de evitar nulidades posteriores que pueda influir en la misma demandante cuando ya se trate de liquidar la asistencia familiar, en ampliación del art.3 Num. 1) del C. Proc. Civil, se anula obrados hasta fs. 6 inclusive, debiendo él A quo providenciar la solicitud indicando que previamente se cumpla…” (sic) con el reconocimiento de firmas del citado acuerdo transaccional de asistencia familiar (fs. 84 a 85).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- los accionantes que muestre a la justicia constitucional de por qué la interpretación desarrollada por las autoridades, vulnera derechos y garantías previstos por la Constitución, a saber en tres dimensiones distintas: a) Por vulneración del derecho a un Resolución congruente y motivada que afecta materialmente al derecho al debido proceso y a los derechos fundamentales que se comprometen en función de tal determinación; b) Por una valoración probatoria que se aparta de los marcos de razonabilidad y equidad; y, c) Por una incorrecta aplicación del ordenamiento jurídico, que más allá de las implicancias dentro del proceso judicial o administrativo lesiona derechos y garantías constitucionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- iii)
- iv)
- CONFIRMAR