Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2015-S3
Fecha: 10-Jun-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por Lucía Prudencia y Juana Alicia Vargas Salgueiro contra Susy Regina López Fernández -ahora accionante- por la presunta comisión del delito de despojo, mediante Auto interlocutorio 42/2014 de 5 de marzo, la Jueza Primera de Sentencia Penal del departamento de Oruro, declaró improbada la objeción a la querella planteada por la referida procesada y hoy accionante (fs. 83 a 85).
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la exigencia de fundamentación y congruencia de las resoluciones
- Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- III.2. Análisis del caso concreto
- a)
- III.3. Otras consideraciones
- REVOCA