Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
II.6.
II.6. El 29 de noviembre de 2010, mediante documento privado, debidamente reconocido por autoridad pública, la ahora accionante vendió su bien inmueble a Franco Roberto Orellano y Carola Castillo Calderón, bajo aceptación de Miriam Luisa, Armengol, Lidia, Rosa, Tomasa Alicia y Heriberto Lucio Vilca Gutiérrez (fs. 73 a 75 vta).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Los presupuestos para la concesión de la tutela y la acreditación de la carga probatoria, en las medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR