Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0581/2015-S1
Fecha: 05-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante estima que los demandados vulneraron sus derechos a la propiedad, a la dignidad, a un hábitat y vivienda, a la salud y a los servicios básicos como es el agua y la energía eléctrica, al haber cambiado las cerraduras de la puerta de calle, proferido insultos, humillaciones, acusaciones falsas y amenazas para dañar su integridad física, sacándola de la casa, sin respetar su condición de persona de la tercera edad.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Los presupuestos para la concesión de la tutela y la acreditación de la carga probatoria, en las medidas de hecho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR