Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0588/2015-S3
Fecha: 05-Jun-2015
II.1.
II.1. Por memorando cite: PRES. 412/2014 de 19 de noviembre, firmado por el Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, señaló que en sesión de 29 de octubre de 2014, la Sala Plena de dicho Tribunal, aceptó la permuta de ítem en el cargo de ACTUARIA DEL JUZGADO OCTAVO DE INSTRUCCIÓN, EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE SANTA CRUZ, de Silvia Eugenia Gironda Mamani, debiendo asumir sus funciones a partir de la posesión al cargo, a realizarse el 21 de noviembre del referido año a horas 17:00 (fs. 12).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- denegó
- i)
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- todo tipo de decisiones judiciales vinculadas al derecho a la libertad personal, tienen que ser: tramitadas, resueltas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1)
- Las resoluciones emitidas por los jueces no pueden ser contradictorias, por el contrario deben estar regidas por el principio de congruencia
- 2°