SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2015-S1

Fecha: 05-Jun-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En el proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público y a instancia particular, por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, que se ventilaba en el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, solicitó cesación a la detención preventiva, misma que fue concedida por el Juez de la causa mediante Resolución 782/2013 de 19 de diciembre, con las siguientes medidas sustitutivas: detención domiciliaria, arraigo, fianza económica de Bs.25 000.- (Veinticinco mil bolivianos 00/100), la presentación al Ministerio Público los días lunes por la mañana y prohibición de comunicación con los posibles co-participes del hecho investigado; ante la imposibilidad de cumplimiento respecto a la fianza económica, solicitó modificación de medida sustitutiva ante la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, donde radicaba la causa por efectos de recusación, quien señaló audiencia para el 3 de junio de 2014 a horas 16:00, suspendiéndose la misma por inasistencia de dicha autoridad judicial. Solicitud que fue reiterada el 4 de junio del mismo año, y la referida Jueza señaló nueva audiencia para el 24 de junio a horas 17:30, vulnerando así, lo establecido en la jurisprudencia vinculante, correspondiente al tratamiento oportuno y razonable que debe efectuarse en cuestiones de libertad, además sin considerar su estado de salud.

Además, manifestó como presupuesto de consideración que se tiene un sobreseimiento dictado a su favor a través el requerimiento conclusivo 01/2014, emitido por la Fiscal de Materia Ritva Milene Alba Balboa, mismo que fue puesto a conocimiento del Fiscal Departamental el 25 de abril de 2014 y hasta la fecha de presentación de la acción no existía respuesta alguna.