Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0599/2015-S3
Fecha: 17-Jun-2015
II.1.
II.1. Consta Contrato de prestación de servicios ASJ-GAMY 001/2013 de 18 de marzo, suscrito por René Ricardo Sunagua Araca, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Yocalla del departamento de Potosí -hoy demandado- y Grover Peñaloza Limachi -ahora accionante-, indicándose en el mismo, que constituye un contrato de consultoría para realizar las labores de odontólogo, enmarcándose dicho contrato en el DS 0181, señalándose como plazo de vigencia diez meses y que vencido el mismo expiraría (fs. 38 a 41).