Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0611/2015-S2
Fecha: 03-Jun-2015
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de su abogado, a tiempo de ratificarse en los términos expresados en su demanda, en audiencia manifestó que: La presente acción de amparo tiene su origen en el Auto Supremo 179/2014 de 24 de abril, y no es repetitiva de una anterior, ya que tiene por finalidad lograr el cumplimiento a cabalidad de lo ordenado por el Tribunal de garantías por Auto 343/2013 de 22 de octubre, pues en el indicado Auto Supremo, se dieron nuevas omisiones por parte de las autoridades demandadas, incurriendo así nuevamente en la vulneración del debido proceso en sus componentes del derecho a la defensa y “seguridad jurídica”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- improcedente”
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto al cumplimiento de las resoluciones constitucionales
- III.2. La queja por incumplimiento de resoluciones emitidas por jueces y tribunales de garantías
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR