SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

i)

         A ese efecto, corresponde referirse a los fundamentos jurídicos que sustentaron la Resolución impugnada, los que pueden sintetizarse en los siguientes puntos: i) El hecho fáctico procesal denunciado como falta disciplinaria, es la pérdida del expediente de nulidad de contrato seguido por "José Javier Camacho Valdez"contra Alberto Elías Fernández, que se encontraba guardado en el ambiente designado al efecto; y, ii) Dicho acto tipificado en el art. 187.19 de la LOJ,  establece que: "Causar daño o perder bienes del Órgano Judicial o documentos de la oficina que hayan llegado a su poder en razón de sus funciones". Sin embargo, se pretendió adecuar su conducta a ello, extremo que no es viable en el presente caso, porque ese legajo no estaba en poder del accionante, toda vez que conforme se manifestó en las Conclusión II.2 de esta Resolución, el mismo fue enviado a archivo en septiembre de 2012, consiguientemente, su conducta no se acomoda al citado precepto legal, y no se le puede exigir el deber de cuidado, puesto que a partir del depósito que realizó para el resguardo correspondiente, su responsabilidad ceso.