Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
II.5.
II.5. El Director Nacional de Seguridad Penitenciaria del Ministerio de Gobierno, Hugo Baldiviezo Cardozo, mediante memorando 642/2014 de 1 de diciembre, dirigido a la autoridad hoy demandada, el cual fue recepcionado el 2 del mismo mes y año, remitió la hoja de ruta 2818 emitido por la Dirección General de Régimen Penitenciario, ordenando se gestione el traslado de la accionante dispuesto por Resolución 619/2014, debiendo encargarse de pasajes, viáticos y adoptar las medidas de seguridad conforme a la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (fs. 62).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad
- REVOCAR