Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0628/2015-S3
Fecha: 11-Jun-2015
II.7.
II.7. La accionante por memorial de 8 de diciembre de 2014, presentado al Juez Tercero de Ejecución Penal del departamento de La Paz, nuevamente denunció la vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, solicitándole que se le “devuelva a la ciudad de La Paz” (sic) (fs. 27 y 28), por lo que dicha autoridad por decreto de 9 del mismo mes y año, dispuso se esté al decreto de “fs. 327” del expediente, es decir, a la providencia de 8 del citado mes y año (fs. 28 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad
- REVOCAR