SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0629/2015-S2
Fecha: 03-Jun-2015
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En noviembre de 2011, a partir de un proceso penal iniciado contra Rolando Kempff Bacigalupo por la presunta comisión de los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado en la comercialización de terrenos ubicados en el ex fundo Avircato, adquiridos del “CITIBANK” sucursal Bolivia. El 20 de septiembre de 2013, realizados los actos de investigación, el Juez Octavo de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz, notificó a Susana Boyán Téllez, Fiscal de Materia, para que dentro el plazo de cinco días, emita requerimiento conforme a los arts. 301, 302 y 304 del Código de Procedimiento Penal (CPP), incluida una ampliación, de esa manera, el 10 de octubre del año referido, la Fiscal de Materia asignada al caso emitió la Resolución “022/2013” de imputación formal que fue revocada por el Juez de la causa; sin embargo, Conrad Omar Vidangos Candia, Fiscal de Materia, mediante Resolución 97/2014 de 14 de abril, rechazó la denuncia, indicando que se revisó y valoró nuevamente el hecho, sin ninguna investigación oficial al respecto.
El 25 de abril de 2014, el accionante solicitó la conversión de acciones ante el rechazo de la denuncia, en base al art. 26.2 del CPP, porque siendo los delitos de falsedad material y uso de instrumento falsificado de contenido patrimonial, el 27 de mayo de ese año, el Fiscal Departamental de La Paz, respondió que “solo puede autorizar la conversión de acciones en los casos limitados a su competencia” (sic) y en todos los actos investigativos de este caso, se relacionan al contenido estrictamente patrimonial, debido a que Rolando Kempff Bacigalupo utilizó documentos falsos para apropiarse de terrenos que no le pertenecían, que ahora son comercializados por el mediador “TERRASUR”, cuyos delitos causan afectación directa contra el patrimonio del accionante, llegando a vulnerar su derecho a la propiedad al negarle el acceso a la justicia.
- acción de
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- improcedencia
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el rechazo de la denuncia y/o querella y la conversión de acciones
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo