SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2015-S1

Fecha: 15-Jun-2015

FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante alega la lesión a su derecho al debido proceso en su componente a la debida fundamentación de los fallos judiciales y a la prohibición de la reformatio in peius, que afectan directamente a su derecho a la libertad; al considerar que, el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal a momento de disponer su detención preventiva valoró únicamente la falta de acreditación de domicilio habitual para fundar el art. 234.1.2 del CPP; empero, al haber impugnado, la Sala Penal Segunda -demandada- resolvió que el artículo mencionado en su numeral 1 estaba desvirtuado, pero el numeral 2, se encontraría activado por tener la calidad de miembro de la Policía Boliviana encargada de la seguridad pública, modificación realizada en su perjuicio y sin la debida fundamentación.