Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0631/2015-S1
Fecha: 15-Jun-2015
I.1.2 Derecho supuestamente vulnerado
La accionante alega la lesión de su derecho al debido proceso en su componente a la debida fundamentación de los fallos judiciales y a la prohibición de la reformatio in peius, que afectan directamente a su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 23.I.III y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2 Derecho supuestamente vulnerado
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.3. Sobre la legitimación pasiva de órganos colegiados
- III.4. Fundamentación de las resoluciones dictas por Tribunales de alzada
- III.5. Análisis del caso concreto