SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

1)

Oscar Apolinar Villarreal Terrazas, a través de su abogado manifestó que: 1) La acción de amparo constitucional, no puede constituirse en un recurso de casación, sólo procede contra actos que vulneren derechos y garantías fundamentales y que estos sean debidamente argumentados por la parte accionante; y, 2) El Auto de Vista 147, cumplió con todas las exigencias de la normativa vigente, estaba debidamente fundamentado, estableció los motivos de hecho y de derecho y el valor que otorgó a su decisión, estableciendo de manera clara dónde se encuentran las dilaciones, evidenciando que en ninguna parte del proceso su defendido fue declarado rebelde.