SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
concedió
La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 313/2014 de 25 de noviembre, cursante de fs. 102 vta. a 104, concedió la tutela solicitada, disponiendo se dé cumplimiento inmediato a la conminatoria de reincorporación JDTSC/CONM.28/2014, así como también la cancelación de los derechos laborales que deberán ser establecidos en la vía administrativa, conforme a los siguientes fundamentos: a) La Resolución Ministerial aludida únicamente dispone la nulidad del decreto que rechaza el recurso de revocatoria y no incluye por ende a la conminatoria de reincorporación; b) De acuerdo al DS 28699 modificado por DS 0495, las conminatorias de reincorporación son obligatorias a partir de su notificación; y, c) Independientemente de los recursos de impugnación las conminatorias son de cumplimiento obligatorio, aclarándose que esta determinación no establece la relación laboral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR