Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0647/2015-S3
Fecha: 25-Jun-2015
II.2.
II.2. De fs. 12 a 13, cursa Conminatoria JDTSC/CONM.28/2014 de 17 de abril, que instruye la reincorporación a sus puestos de trabajo de Aníbal Jerez Lezana y Julia Faridy Tablada Exeni, debiendo reponerse los sueldos devengados desde el momento del despido injustificado, determinación con la que fue notificado el empleador el 21 de abril de 2014 (fs. 15).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- en caso de corregirse o enmendarse cualquier situación fáctica que configure los elementos esenciales de la pretensión del amparo, evidentemente desaparece el objeto de la tutela
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR