Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2015-S3
Fecha: 15-Jun-2015
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega como lesionado el derecho a la libertad, por cuanto la autoridad judicial demandada rechazó a sus garantes personales, haciendo observaciones de la documentación presentada en audiencia, cuando correspondía que cualquier objeción sea realizada antes del verificativo de dicho acto judicial, por cuanto presentó la mismas de forma antelada, ocasionando un retraso en su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- devenga de dilaciones indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte