SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0659/2015-S1

Fecha: 22-Jun-2015

concedió

La Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución de 30 de diciembre 2014, cursante de fs. 19 a 21, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada, subsane el acta de aplicación de medidas cautelares de 25 de marzo de 2014, en el término de 48 horas, bajo los siguientes fundamentos: i) La detención del accionante, obedeció a una orden emitida por autoridad jurisdiccional competente y la omisión de la elaboración del acta de aplicación de medidas cautelares, lo puso en estado de indefensión, quien se vio impedido de que su solicitud de cesación a la detención preventiva sea considerada y resuelta oportunamente, por situaciones ajenas a su voluntad; ii) El Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y Cautelar, adoptó las medidas que a su juicio, consideraba prudentes, empero, no es menos cierto que por esa razón, el accionante tenga que soportar circunstancias atribuibles estrictamente al Juzgado, del cual resulta ser titular el Juez demandado, con la responsabilidad de reconducir inclusive situaciones ajenas de sus atribuciones, a fin de no soslayar derechos fundamentales de las personas; y, iii) Emergente de ello, vio la necesidad imperativa de subsanar el actuado extrañado, partiendo de la decisión asumida por el mismo Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y Cautelar, quien mediante decreto de 12 de noviembre de 2014, dispuso que la facción del acta presentada por la Secretaria, fuese puesto a conocimiento de las partes, quienes, sin embargo de estar debidamente notificadas, no efectuaron ninguna observación, comprendiéndose haber dado de modo implícito por bien hecho dicho tenor, circunstancia indudable que no podría ser cubierta por los jueces del Tribunal de Sentencia, en razón de que ellos no fueron los que expidieron el mandamiento de detención preventiva contra el imputado, que resulta de la consecuencia del Auto de aplicación de medidas cautelares.