Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0669/2015-S1
Fecha: 26-Jun-2015
II.6.
II.6. Por Resolución JDTSC/CONM. 17/2014 de 27 de febrero, el Jefe Departamental de Trabajo conminó a YPFB Distrito Comercial Santa Cruz, proceder a la reincorporación de la ahora accionante, con reposición de los sueldos devengados y pago de subsidios a partir del quinto mes de gestación (fs. 29 a 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- “improcedencia”
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15