Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0673/2015-S3
Fecha: 02-Jun-2015
II.2.
II.2. En la audiencia de fundamentación de apelación restringida, de 27 de agosto de 2014, celebrada en la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, previamente se consideró la recusación interpuesta por el imputado; la cual, fue rechazada por los Vocales integrantes de grupo colegiado, disponiendo remitir tal determinación en consulta a la Sala siguiente en número (fs. 46 a 47 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- JUEZ NATURAL
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- Fragmento 11
- III.1. La exigencia de fundamentación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- Esta exigencia de fundamentar las decisiones, se torna aún más relevante cuando el Juez o Tribunal debe resolver en apelación la impugnación de las resoluciones pronunciadas por las autoridades de primera instancia
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR