Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0686/2015-S3
Fecha: 22-Jun-2015
a)
Solicitó se le conceda la tutela constitucional, ordenándose: a) El cese de la persecución indebida; b) El restablecimiento de las formalidades de ley; c) La restitución de su derecho a la libertad en audiencia de cesación de detención preventiva, la que deberá señalarse en el plazo no mayor a veinticuatro horas y bajo los principios de celeridad y economía procesal; y, d) Con costas consistentes en Bs10 000.- (diez mil bolivianos).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible,
- Fragmento 11
- i)
- CONFIRMAR