SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0690/2015-S1

Fecha: 26-Jun-2015

1)

Germán Solíz Pinto mediante su abogado se ratificó en el memorial de la presente acción tutelar y ampliándola señaló lo siguiente: 1) Por su contrato de trabajo se puede determinar que fue designado como Responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia del Municipio de Santa Rosa del Abuna; es así, que recibió una queja de un grupo de profesores quienes aseguraron que sus alumnos había sido sacado de sus hogares desde temprano para los juegos estudiantiles y que ya avanzada la mañana seguían sin desayunar, sin haberse cumplido el compromiso de la Alcaldía; 2) Se realizó el reclamo respectivo a los Concejales a cargo de distribución de alimentos, pero este hecho tuvo como consecuencia que la autoridad municipal hoy demandada tome represalias contra su persona y de manera directa le diga “Yo lo puse en el cargo, yo lo saco se encuentra despedido” (sic), sin que se lo haya notificado con ningún tipo de memorándum; y, 3) De forma oportuna se le hizo conocer que su concubina se encontraba en etapa de gestación y que todo el tiempo transcurrido se solicitó la cancelación del subsidio respectivo de lactancia; sin embargo, nunca se dio respuesta a su pedido vulnerando de esta manera sus derechos al trabajo, a la alimentación y la seguridad familiar, por lo que al no existir otro recurso idóneo recurre al amparo constitucional para restituir sus derechos.