SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0723/2015-S2

Fecha: 26-Jun-2015

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, a tiempo de ratificarse en su demanda, aclaró y amplió que en el proceso de asistencia familiar se demandó a Ramiro Francisco Sergio Paz Ballivián, y según los certificados de nacimiento, los padres son Ramiro Sergio Paz Ballivián y Gladys Yolanda Murillo Medrano, situación que debió ser observada por falta de congruencia; también extraña la desaparición del expediente del proceso de inscripción voluntaria de partida de nacimiento, pero no así de la Resolución 167/96 de 8 de marzo de 1996, que se encuentra en el libro de razón del Juzgado Tercero de Instrucción en lo Civil; a su vez, en una notificación al accionante, figura como testigo de actuación Pedro Quispe sin número de cédula de identidad, sólo una firma, y en otra, se individualiza a Andrés Rivera con cédula de identidad 6091044 LP, quien según su declaración, aseguró que no conoce ni a la demandante ni al ahora accionante y que nunca habría participado como testigo de actuación; y concluye con una Sentencia que Ramiro Sergio Paz Ballivián encontró debajo su puerta, en la cual se fijó un monto de asistencia familiar de Bs1200.- (un mil doscientos bolivianos), sin que exista una prueba de sus ingresos para beneficiar a dos personas mayores de edad que nunca se comunicaron con él, que tramitaron un proceso a sus espaldas, sin permitirle siquiera la investigación de paternidad; habiendo planteado la nulidad de obrados y recurso de reposición que hasta la fecha no fueron resueltos, y que al presentar su apelación le prohibieron sacar las fotocopias para cubrir los recaudos de ley, siendo aquellos actos mencionados nulos de pleno derecho, evidenciando una clara vulneración al debido proceso y al derecho a la defensa.