DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0166/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0166/2015

Fecha: 28-Jul-2015

art. 63 (antes art. 64)

El texto del parágrafo II del art. 63 (antes art. 64), no fue modificado conforme lo dispuesto en la citada DCP 0102/2015, que señalo: “El art. 64.II, referido al ejercicio del control social, señaló que: “El Gobierno Autónomo Municipal mediante legislación municipal interna regulará el acceso al ejercicio de participación y control social por parte de la ciudadanía y las organizaciones de la sociedad civil en la gestión municipal, de conformidad con la Constitución Política del Estado y la Ley de Participación y Control Social”, es incompatible con la Constitución Política del Estado, toda vez que el Gobierno Autónomo Municipal no puede regular o ponerle límites a quienes ejercen el control social de acuerdo a los arts. 241 y 242 de la CPE”, por lo que contenido reformulado aun es incompatible con la CPE, por la conexidad con los fundamentos esgrimidos en el art. 61.I del proyecto, toda vez que el control social es irrestricto a toda la gestión.