DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0166/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0166/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Artículo 101.- GESTIÓN DEL TURISMO LOCAL

A los fines de ejercer la competencia municipal prevista en materia de turismo por la Constitución Política del Estado y la Ley, el Gobierno Municipal implementará dentro de la estructura administrativa municipal, la Unidad correspondiente que desarrollará las acciones que correspondan para promover y explotar la vocación y el potencial turístico del municipio. Entre otras acciones podrán desarrollarse las siguientes: