DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0167/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0167/2015

Fecha: 28-Jul-2015

parágrafo III del

El texto del parágrafo III del art. 72 (antes 73), no fue modificado conforme la citada DCP 0100/2015; toda vez que, señaló: El art. 73 referido a concejales suplentes en su parágrafo III, señala que: ‘Las Concejalas y los Concejales Suplentes asumirán la titularidad cuando las Concejalas o Concejales Titulares dejen sus funciones por ausencia temporal, impedimento, por fallo judicial ejecutoriado, o ante renuncia o impedimento definitivo’, texto del cual se puede advertir que es incompatible con la Constitución Política del Estado porque el ejercicio de la titularidad respecto del fallo judicial ejecutoriado; no es posible; toda vez que, al ser tan general la redacción se entiende que es por cualquier fallo judicial; sea en materia familiar, o civil; lo que provocaría una inestabilidad en el ejercicio de las funciones de los concejales titulares; por ello, el art. 234 de la Norma Suprema que es explicita y exacta en sus numerales 4 y 5 de la Ley Fundamental, razón por la cual debe ser reformulado el parágrafo conforme los arts. 240 y 286 de la CPE, que contienen los parámetros sobre el ejercicio de la titularidad de los conejales suplentes” (el resaltado fue añadido); en ese entendido, el numeral 4 del art. 234 de la Ley Fundamental, establece: “No tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento” (las negrillas y el subrayado nos pertenecen); este numeral contiene dos presupuestos del cual uno de ellos es causal de cesación o pérdida de mandato y el otro simplemente es un requisito para la función pública; por ello, la frase: “tener pliego de cargo ejecutoriado”, del nuevo contenido reformulado es incompatible con la Constitución Política del Estado; por no ser causal de cesación a efectos de que el suplente ejerza la titularidad; por ello, se debe nuevamente realizar la adecuación del texto.