Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0060/2015
Fecha: 16-Jul-2015
III.2.2.2. Del principio de taxatividad y tipicidad
La misma Sentencia Constitucional Plurinacional extractada supra, establece: “En líneas precedentes se ha establecido que el carácter material del principio de legalidad garantiza la seguridad jurídica de los ciudadanos y las ciudadanas por cuanto les permite conocer cuándo y por qué motivos pueden ser objeto de penas o sanciones ya sean privativas de la libertad o administrativas o de otra índole evitando de esta forma toda clase de arbitrariedad o intervención indebida por parte de las autoridades respectivas (SSCC 0035/2005, 22/2002).
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1.
- la tramitación del proceso (…) o la prestación del servicio
- revocó
- a)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- Fragmento 8
- III.1. L
- III.2. De los derechos fundamentales y principios denunciados de infringidos por las normas cuya constitucionalidad se cuestiona
- III.2.1.Del derecho al debido proceso
- III.2.2.De los principios en la administración de justicia
- III.2.2.1. Del principio de legalidad
- la mera existencia de una ley no garantiza el cumplimiento del principio de legalidad en la aplicación de una sanción,
- las exigencias del principio de legalidad no se agotan en la formulación de la ley previa, sino que además, con el mismo valor, está la exigencia de la garantía de certeza
- III.2.2.2. Del principio de taxatividad y tipicidad
- principio de taxatividad
- Asimismo determinó que solamente puede imponerse una sanción administrativa cuando ésta esté específicamente establecida por ley de acuerdo al principio de taxatividad
- tipicidad
- el Estado no puede castigar una conducta que no está descrita ni penada por la ley,
- en aras de la seguridad jurídica es indispensable que la norma punitiva, sea penal o administrativa, exista y resulte conocida, o pueda serlo
- III.3.1. Control de constitucionalidad del art. 186.8 de la LOJ
- Cualquier
- III.3.2. Test de constitucionalidad del art. 187.14