Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0737/2015-S3
Fecha: 01-Jul-2015
c)
c) Para rechazar el incidente el Juez ahora codemandado, olvidó que admitió su demanda, corrió en traslado y la sometió a prueba al existir hechos que probar; asimismo, admitió las pruebas ofrecidas y producidas de su parte a efectos de aprobar el incidente planteado, desconociendo el art. 149 del CPC; y,
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- c)
- 1)
- 2)