Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S1
Fecha: 17-Jul-2015
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante denunció como lesionado su derecho a la estabilidad laboral, debido proceso, a la defensa, a la inamovilidad funcional por persona discapacitada, al trabajo relacionada con los derechos a la remuneración, alimentación, salud y a la vida, citando al efecto los arts. 46.I, 48.II, 49.III, 71, 115, 116 y 117 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- concedió
- iv)
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. Respecto al cumplimiento de la conminatoria de reincorporación
- lo que por cierto no es óbice, como lo aclara la referida Sentencia, para la ejecución inmediata de la conminatoria de reincorporación, una vez que esta ha sido pronunciada
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17