SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0742/2015-S1

Fecha: 17-Jul-2015

II.1.

II.1.  El 18 de diciembre de 2014, la Jefa Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Beni, dentro la denuncia presentada el 7 de noviembre de citado año, por el accionante, emitió conminatoria 58/2014, dirigida a Adolfo Velasco Guzmán, “Jefe de Guaracachi S.A.-Trinidad” (sic), que conminó e instruyó al referido, que en el plazo de tres días a partir de su legal notificación, proceda a la inmediata reincorporación del accionante, más el pago de salarios devengados y demás derechos que correspondan a favor del trabajador, desde el momento de su despido y/o desde que dejaron de percibir los mismos a la fecha de su efectiva reincorporación, señalando además que: “La presente conminatoria es obligatoria en su cumplimiento  a partir de su notificación, independientemente de ser interpuestos los recursos  de revocatoria y jerárquico, además pudiendo ser impugnada por la Vía Judicial, cuya interposición no implica la suspensión de la reincorporación” (sic) (fs. 7 a 9 vta.).