SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2015-S2
Fecha: 06-Jul-2015
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 1/2015 de 8 de enero, cursante de fs. 649 a 651 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alexandra Martínez Fernández contra Amanda Chambi Choque, Directora General; Zenobio Jancko Villarpando, Director Académico; Cirilo Coca Ordoñez, Coordinador de Investigación Educativa Producción de Conocimiento – Práctica Educativa Comunitaria (IEPC – PEC); y, Jaime Silverio Callizaya Pocoaca, Docente Tutor, todos de la Escuela de Formación de Maestros (ESFM) “Mariscal Andrés de Santa Cruz”; William Guzmán Romero, Director; y, Pilar Quenta Checo, Docente Guía, ambos del Núcleo Educativo “Elizardo Pérez”; y, William Agudo Arano, Docente Guía de la Unidad Educativa “Julián Apaza” de Coataca, todos de Chayanta del departamento de Potosí.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el derecho al debido proceso
- comprende la potestad de ser escuchado presentando las pruebas que estime convenientes en su descargo (derecho a la defensa) y la observancia del conjunto de requisitos de cada instancia procesal, a fin de que las personas puedan defenderse adecuadamente ante cualquier tipo de acto emanado del Estado que pueda afectar sus derechos.
- III.2. Sobre la presunción de inocencia
- La presunción de inocencia, como componente de la garantía del debido proceso, también debe entenderse extensible a todo proceso -sea administrativo o judicial- cuya consecuencia sea la aplicación de una sanción o determinación de responsabilidades a cargo de determinada persona
- III.3. Derecho a la igualdad
- Es un derecho que a su vez reivindica el derecho a la diferencia y es una garantía porque avala su ejercicio activando la tutela judicial y constitucional en caso de su violación.
- III.4. El derecho a la educación
- cuando la restricción o supresión de los derechos y garantías constitucionales denunciados, ocasionen perjuicio irremediable e irreparable;
- III.6. Análisis en el caso concreto
- 2º CONCEDER