SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0759/2015-S2

Fecha: 08-Jul-2015

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del fenecido proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los ilícitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado, por memorial presentado el 1 de octubre de 2012, solicitó la prescripción de la ejecución de la pena y extinción de la pena, excepción tramitada en la vía incidental, y resuelta a través del Auto 67/2012 de 8 de noviembre, por el que el Juez de la causa desestimó lo solicitado; toda vez que, no transcurrió el plazo exigido por el art. 105 inc. 1) del Código Penal (CP). Resolución contra la cual presentó recurso de apelación incidental, de la que posteriormente desistió para que el expediente regrese al juzgado y pueda presentar una nueva solicitud, esta vez, porque ya operaba la referida prescripción, no obstante ya se había emitido el Auto de Vista 03/2009 de 29 de enero y el Auto Supremo 151/2012 de 17 de julio, en el mismo sentido.

El 19 de marzo de 2013, volvió a presentar una nueva solicitud de prescripción de la ejecución de la pena y extinción de la pena a partir de lo señalado por el Juez en su anterior resolución (Auto 67/2012), quien mediante Auto de 5 de abril de igual año, declaró “Ha lugar a la prescripción de la ejecución de la pena y extinción de la pena”, resolución apelada por el querellante y resuelta por Auto de Vista 29/2014 de 23 de junio, pronunciado por los Vocales de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia del Beni, declarando procedente el recurso de apelación incidental, revocando el Auto de 5 de abril de 2013, y declarando la improcedencia de la prescripción de la ejecución de la pena y extinción de la pena-.