Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2015-S3
Fecha: 22-Jul-2015
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a instancia de Edgar Rafael Bazán Ortega -ahora accionante- contra Rossio Carolina Pimentel Flores -hoy tercera interesada- por la presunta comisión del delito de falsificación de documento privado, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal del departamento de Oruro, dictó el Auto interlocutorio 1057/2013 de 26 de agosto, declarando probada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción (fs. 11 a 12).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- demandados no explicaron el motivo por el cual el trámite civil que llevó a cabo carecería de similitud con un antejuicio, o por qué dicho trámite realizado no es un antejuicio.
- los Vocales
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- el término de la prescripción se computa a partir del momento en que el accionante presentó el documento privado…”