SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2015-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0782/2015-S2

Fecha: 15-Jul-2015

I.1.1.Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su hijo Darwin Fabio Sánchez Acebo, por el delito de asesinato, la Jueza Técnico y Presidenta del Tribunal de Sentencia de Camiri a conocimiento de que su hijo se encontraba mal de salud mental, siguió el juicio oral y contradictorio en el que él nunca comprendió los actos del proceso; así, mediante auto de 10 de diciembre del 2010 se dispuso que su hijo sea trasladado al Hospital Psiquiátrico San Benito Menni, que la ahora recurrida hizo posible recién el 2014, por lo que su hijo el 11 de agosto del 2014 fue trasladado al Hospital Psiquiátrico San Benito Menni de Santa Cruz.

Asimismo, sostiene que la accionada, ha procedido a la reanudación del juicio oral, pese a tener conocimiento que su hijo está en pleno tratamiento, sin que hubiera transcurrido los dos años para su tratamiento, y que conocería también sobre la sentencia de interdicción de su hijo y que no haría alusión a ello, demostrando que tiene interés en el proceso y lo único que quisiera es llevarlo a Palmasola, incurriendo en una causal de recusación; pues no habría la garantía que la autoridad recurrida va actuar con equidad, imparcialidad, objetividad. Este hecho se probaría al haber reanudado el juicio, a conocimiento que su hijo está mal de salud mental, demostrado por la sentencia de interdicción y los informes psiquiátricos, demostrando de esta manera esa enemistad, odio, rencor hacia su hijo, su persona y la del abogado, violando de esta manera el respeto a sus derechos constitucionales.